Una sentencia del Tribunal Supremo ha abierto la puerta a que kilómetros de jubilados que actualmente están integrados en el sistema de trabajo del mutualismo puedan reclamar ahora a la Agencia Tributaria una devolución tributaria por los impuestos pagados de forma independiente por las actuaciones que ejecutan la deuda a sus júbilo entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Así como sucedió a los mutualistas del Instituto de Previsión Telefónica (ITP), el Supremo reconoció el carácter deducible de las acciones por su júbilo que los trabajadores del sector financiero que trabajan con el Banco Mutua de Trabajo durante el período anterior a su mención, y que las cotizaciones a la Seguridad Social eran consideradas como gasto deducible en el impuesto sobre el alquiler. En cambio, prevalece la norma para quienes así establecen que los servicios de las mutuas se integren de forma integrada en la prestación de la obra sin ninguna reducción cierta, generando una diferencia de trato que ahora el Supremo ha decidido corregir. . Noticia Relacionada Estándar Las mutuas de Muface presionan a Hacienda para que compense las pérdidas mediante la atención médica de los funcionarios Gonzalo D. Velarde. Las aseguradoras han denunciado pérdidas de hasta 600 millones por el coste alza. La sentencia del Tribunal Supremo reconoce expresamente que “las aportaciones realizadas por el Banco Mutual desde el 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978, si tienen carácter jurídico, no serán objeto de deducción en la base imponible del ‘IRPF’. debido a la legislación vigente. En cada momento, para que el resultado sea la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley del IRPF a la pensión pública por disfrute admisible de la Seguridad Social, debo integrar en la base imponible del impuesto el 75% de la ‘importación de prestaciones por jubilado o invalidación percibidas«, con el objetivo de corregir la situación de doble imposición que están soportando los mutualistas, que tributan en su día por sus aportaciones al jubileo y ahora tributan por el 100% de su pensión de jubilado. “Con esta sentencia, los mutualistas bancarios tienen derecho a solicitar la rectificación de la liquidación inversa del IRPF para todos los ejercicios no prescritos (es decir, quedan abiertos los ejercicios de 2019, 2020, 2021 y 2022, tal y como se declara en la Anualidad 2023). Declaración). el corresponsal viene este año) para reducir su base imponible del 100% al 75% y solicitar el traslado de los corresponsales, hasta que se establezca la Disposición Transitoria Segunda de la Ley del IRPF”, aseguró el despacho Agüera y Fuentes, que ya ha gestionado Un puñado de reclamaciones de esta naturaleza.Vaya esperanza De entrada resulta difícil hacer una estimación del traspaso mediático que puede corresponder a las personas afectadas, ya que cada persona tiene circunstancias diferentes, aunque algunas personas recibieron una cantidad de 2.000 euros. Tampoco disponemos de mucha información sobre el alcance potencial de las personas interesadas. Desde la base histórica del INE, en 1978, año en el que la Mutua de Trabajo del Banco se integra en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el número de trabajadores afiliados Eran alrededor de 36.000, pero el personal que había transcurrido 46 años desde hace algunos años es probable que haya muchos trabajadores que no te ofrecen la posibilidad de hacer algún tipo de recuperación. Fuentes de la Agencia Tributaria admiten que hasta el momento el número de solicitudes de desagravio recibidas es reducido, aunque abogados y algunos particulares apuestan por utilizar canales para gestionar las reclamaciones. Entre ellas Muface, la mutua que contrata a funcionarios del Estado, lanzó en noviembre una campaña para enviar certificados a los mutualistas que tengan una determinada mutualidad integrada en Muface para poder acreditar su baja. además, y por todo ello, podemos reclamar con júbilo los impuestos gastados más por nuestras acciones. Los abogados consultados admiten que la acreditación de las solicitudes presentadas para el júbilo es uno de los principales obstáculos a la hora de la reclamación. Las mutuas de trabajo desaparecen en muchos casos sin tener que pagar, porque no pueden obtener información, y las entidades financieras que compraban sus ingresos deben existir entre 55 y 45 años en muchos casos. Para facilitar el traslado, la Agencia Tributaria exige un certificado de empresa con las actuaciones realizadas en la mutualidad en caso de problema o como mínimo certificado de seguro de empresa, el certificado de vida profesional que proporciona la seguridad social, la copia de la Sentencia del Tribunal Supremo, la copia de la Declaración de la Renta de la que se pide rectificación y el modelo de denuncia de la Agencia Tributaria. Hacienda informará a los afectados Fuentes de la Agencia Tributaria confirmaron a ABC que la institución solicitó información a la Seguridad Social sobre los mutualistas que pueden verse afectados por la sentencia del Tribunal Supremo para poder comparar la información que vaya llegando a ellos las próximas semanas o meses. La organización también está preparando una nota informativa que se publicará en las próximas semanas, probablemente antes de la próxima Campaña de Renta, para que los ex mutualistas sepan cómo pueden exigir los cambios que piden los corresponsales o aplicar la rebaja del 25% que pide el Supremo. determinó que el IRPF podría aplicar el 100% de las actuaciones que realiza en su día a día. Para determinar el monto exacto, la fórmula establecida por Hacienda consiste en dividir el número de días que corresponden a los viajes mutuos de trabajo entre el número total de días cotizados durante su vida laboral del número resultante aplicado a la reducción que corresponde a la base de el IRPF tuvo que compensar el exceso de impuesto aportado por las actuaciones realizadas con la mutualidad. Otra cosa es que la Hacienda limite esta posibilidad a los mutualistas del sector bancario o la abra a todos los trabajadores que cotizaron durante su jornada a la antigua mutualidad de trabajo que finalizó el 31 de diciembre de 1978. Los empleados pueden ser así, pero la Agencia Tributaria avanzan la cual será analizada caso por caso. En caso de aplicación de carácter general, el universo de interesados se multiplica, de modo que el dato del INE del número de mutualidades bancarias del momento era de 36.336 a finales de 1978, el número total de trabajadores integrados en todas las mutualidades de trabajo del periodo. de 1.349.458.